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Preguntas Más
Frecuentes de Monotributo -
Para más información puede consultar la página de la AFIP
www.afip.gov.ar |
Para ser
Monotributista se debe poseer número de CUIT y CLAVE FISCAL
SOLICITUD DE CUIT
¿Dónde
se realiza el trámite de solicitud de CUIT?
El trámite de solicitud de CUIT se realiza en la dependencia
AFIP/DGI correspondiente a la ubicación del domicilio fiscal/comercial.
Las Personas Físicas, en caso de no poseer un
domicilio fiscal/comercial, deben efectuar dicho trámite de acuerdo al
domicilio consignado en el documento de identidad y además aportar
certificado de domicilio expedido por la autoridad
policial,ó acta de constatación notarial, ó fotocopia de dos facturas
de servicios públicos, ó fotocopia del título de propiedad, o contrato de
alquiler o de leasing del inmueble cuyo domicilio se denuncia, fotocopia
del extracto de la cuenta bancaria ó del resumen de tarjeta de crédito donde
conste dicho domicilio, ó fotocopia de la habilitación municipal ó
autorización municipal del inmueble.
Las Personas Jurídicas deben presentar la
constancia de inscripción de los socios y documentación
respaldatoria del domicilio fiscal/comercial(acta
de constatación notarial, ó fotocopia de dos facturas de servicios públicos,
ó fotocopia del título de propiedad, o contrato de alquiler o de leasing
del inmueble cuyo domicilio se denuncia, fotocopia del extracto de la cuenta
bancaria donde conste dicho domicilio, ó fotocopia de la habilitación
municipal ó autorización municipal del inmueble).
Para
conocer la dependencia que le corresponde, por favor,
haga click aquí
¿Qué formulario debe presentarse?
El formulario 183/F si se trata de Personas Físicas
o el 183/J en caso de tratarse de Personas Jurídicas
debidamente cubierto, siendo obligatorio informar el MOTIVO de
la SOLICITUD DE
CUIT.
¿Cómo
presentar la documentación?
Se deben presentar los originales y las fotocopias en la
dependencia AFIP /DGI correspondiente. En caso de no exhibir los originales,
debe presentar las fotocopias, las cuales tienen que estar firmadas por el
responsable y certificadas por escribano público.
¿Es un
trámite personal o puede ser realizado por un tercero?
El trámite puede ser realizado tanto en forma personal como con
la intervención de un tercero.
Si es en forma personal, el formulario debe ser firmado ante el
funcionario actuante. Si es a través de un tercero, el formulario debe estar
certificado por la policía, por una entidad bancaria o escribano público.
SOLICITUD DE
CLAVE FISCAL
¿Dónde se puede obtener
la CLAVE FISCAL?
Se puede
obtener :
1.
En
DEPENDENCIAS AFIP/DGI:
Presentando la documentación que acredite la identidad del contribuyente.
2.
INTERNET:
Ingresando a la página
www.afip.gov.ar en la
opción TRÁMITES CON CLAVE FISCAL opción
Usuarios que ingresan por primera vez al
sistema. (Para
generar su usuario de Clave Fiscal deberá ingresar los datos
correspondientes a un pago en concepto de Saldo de Declaración Jurada (019)
efectuado por el contribuyente acotado entre los 10 años y 6 meses
anteriores a la fecha actual.)
Una vez que se posee CUIT y
CLAVE FISCAL, se puede adherir al monotributo.
Se realiza por medio de
Internet, ingresando a la página
www.afip.gov.ar en la
opción TRÁMITES CON CLAVE FISCAL- opción
Usuarios con clave fiscal habilitada
opción Adhesión Monotributo.
El sistema emitirá una
credencial (F152-Personas Físicas, F153-Personas Jurídicas, F154-Monotributo
Eventual), para poder realizar el pago en las entidades bancarias
autorizadas, debe presentarse la credencial correspondiente.
¿Que es el CUR?
El Código
Unico de Revista (CUR) es el resultado numérico que se obtiene por
medio del sistema de generación de credenciales y refleja la situación de
inscripción declarada por el monotributista. El
CUR se encuentra en
la Credencial
para el pago y no puede generarse manualmente.
CATEGORIZACIÓN
¿Cuáles son las categorías
vigentes?
Las
categorías varían según la actividad desarrollada.
Las
actividades se clasifican en:
1.
Locaciones y/o
Prestaciones de Servicios
2.
Actividades
Comerciales y/o Industriales
¿Cuántas categorías existen y cuales son los montos
mensuales a ingresar?
Para
Locaciones y/o Prestaciones De Servicios
|
Categoría |
Ingresos Brutos |
Superficie Afectada |
Energía Eléctrica
Consumida Anualmente |
Monotributo Impositivo |
Monotributo Previsional |
TOTAL A
INGRESAR |
|
A |
Hasta $ 12.000 |
Hasta
20 m2 |
Hasta 2.000 KW |
$33 |
$59,44 |
$92,44 |
|
B |
Hasta $ 24.000 |
Hasta
30 m2 |
Hasta 3.300 KW |
$39 |
$59,44 |
$98,44 |
|
C |
Hasta $ 36.000 |
Hasta
45 m2 |
Hasta 5.000 KW |
$75 |
$59,44 |
$134,44 |
|
D |
Hasta $ 48.000 |
Hasta
60 m2 |
Hasta 6.700 KW |
$128 |
$59,44 |
$187,44 |
|
E |
Hasta $ 72.000 |
Hasta
85 m2 |
Hasta 10.000 KW |
$210 |
$59,44 |
$269,44 |
Para
el Resto De Actividades Comerciales/Industriales
|
Categoría |
Ingresos Brutos |
Superficie Afectada |
Energía Eléctrica
Consumida Anualmente |
Monotributo Impositivo |
Monotributo Previsional |
TOTAL A INGRESAR |
|
F |
Hasta $ 12.000 |
Hasta
20 m2 |
Hasta 2.000 KW |
$33 |
$59,44 |
$92,44 |
|
G |
Hasta $ 24.000 |
Hasta
30 m2 |
Hasta 3.300 KW |
$39 |
$59,44 |
$98,44 |
|
H |
Hasta $ 36.000 |
Hasta
45 m2 |
Hasta 5.000 KW |
$75 |
$59,44 |
$134,44 |
|
I |
Hasta $ 48.000 |
Hasta
60 m2 |
Hasta 6.700 KW |
$118 |
$59,44 |
$177,44 |
|
J |
Hasta $ 72.000 |
Hasta
85 m2 |
Hasta 10.000 KW |
$194 |
$59,44 |
$253,44 |
|
K |
Hasta $ 96.000 |
Hasta
110 m2 |
Hasta 13.000 KW |
$310 |
$59,44 |
$369,44 |
|
L |
Hasta $ 120.000 |
Hasta
150 m2 |
Hasta 16.500 KW |
$405 |
$59,44 |
$464,44 |
|
M |
Hasta $ 144.000 |
Hasta
200 m2 |
Hasta 20.000 KW |
$505 |
$59,44 |
$564,44 |
De la
lectura de las tablas anteriores surge que el
monotributo consta de un componente impositivo y otro
previsional. El aporte a Seguridad Social
($59,44), está compuesto por:
$24,44
con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud
$35 con destino al
Régimen
Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
Para poder categorizarse correctamente es
necesario que el monotributista complete algunos
datos relacionados con el componente previsional
del monotributo.
Para ello debe identificar si es:
·
APORTANTE JUBILADO LEY 24.241
·
APORTANTE ACTIVO AL MONOTRIBUTO
·
NO APORTANTE AL MONOTRIBUTO
·
ACTIVO, CON APORTE ADICIONAL A
CAPITALIZACION
·
ACTIVO, CON APORTE ADICIONAL AL
REGIMEN DE REPARTO
¿Quiénes
pueden ser NO APORTANTES al MONOTRIBUTO?
·
Los jubilados Ley
18.037/38 -
·
Los profesionales con aportes a cajas provinciales o
locales
·
Los
menores de 18 Años.
·
Los
trabajadores en Relación de Dependencia
¿Dónde se puede consultar la nómina de Obras
Sociales que aceptan a los Monotributistas?
Se puede consultar en
la
Superintendencia de Servicios de Salud.
Por
Internet:
www.sssalud.gov.ar-opción Beneficiarios, consultas
a Monotributistas
·
Telefónicamente: 0800-222 SALUD
(72583)
·
Personalmente: Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad de
Bs.As.
¿Cuánto se debe abonar si se
desea incorporar al Régimen Nacional de Seguro de Salud (Obra Social) a otro
integrante del grupo familiar?
Se debe realizar un aporte
adicional de 22,22 pesos, por la incorporación de cada integrante del grupo
familiar primario.
PAGOS
¿Cuál es la fecha de vencimiento
del pago mensual?
La fecha de vencimiento de los
pagos mensuales es hasta el día 7 de cada mes.
¿Cuáles son las formas de pago
vigentes?
·
Efectivo o cheque, ante cualquier
entidad bancaria habilitada, Pago Fácil, Rapipago,
etc.
Homebanking: sólo
Red Banelco-Pago mis cuentas. No Link
·
Cajero automático: sólo cajeros de Red
Banelco. No Link
·
Tarjetas de
crédito CABAL, VISA y MASTERCARD.
¿Qué
documentación se debe presentar si el pago se hace en entidad bancaria
habilitada, Pago Fácil, Rapipago, etc.?
El pago se efectuará exhibiendo
la credencial de pago (Formularios F. 152 (Personas Físicas), F. 153
(Personas Jurídicas), según corresponda).
¿Cuál es el comprobante de pago?
El comprobante del pago será el
tique que entregue la entidad bancaria receptora (por ventanilla,
cajero automático o Homebanking), o el resumen
de cuenta respectivo.
RECATEGORIZACIÓN
¿En qué consiste?
Al finalizar cada cuatrimestre
se deben calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida
en los doce meses inmediatos anteriores, así como también la superficie
afectada a la actividad en ese momento.
Cuando dichos parámetros superen
o sean inferiores a los límites de la categoría en la que se encuentra el
monotributista, deberá
recategorizarse.
Si no se registra ningún cambio,
la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá hacerse
ningún trámite.
¿Qué períodos abarca la
recategorización?
Las recategorizaciones son
cuatrimestrales, por ende existen 3 recategorizaciones
anuales.
|
PERIODO |
VENCIMIENTO |
|
Enero-Abril |
Mayo |
|
Mayo-Agosto |
Septiembre |
|
Septiembre-Diciembre |
Enero |
¿Cuál es
la fecha de vencimiento para realizar la
recategorización?
El vencimiento para realizar una
recategorización es hasta el día 7 del mes en que opera el
vencimiento.
¿Cómo debe
realizarse la recategorización?
El
trámite deberá realizarse con CLAVE FISCAL, por Internet a
través de la página web
www.afip.gov.ar- opción
Trámites con Clave Fiscal-Monotributo.
MODIFICACIÓN
DE DATOS Y/O BAJA AL RÉGIMEN
La
modificación de datos (cambio de domicilio, cantidad de integrantes de la
sociedad o condominio) y/o la solicitud de cancelación de inscripción (baja
por cese de actividades, renuncia o exclusión), debe efectuarse en la
dependencia de
la AFIP en la
que el monotributista se encuentra inscripto,
mediante la presentación del formulario de declaración jurada F. 183/F (de
tratarse de personas físicas /sucesiones indivisas) o F. 183/J (para el caso
de sociedades de hecho/sociedades comerciales irregulares/condominios de
propietarios de bienes muebles e inmuebles).
Dichos
formularios podrán obtenerse en cualquiera de las dependencias de
la AFIP o a
través de la página web
www.afip.gov.ar opción Formularios.
SUSTITUCIÓN
DE
LA CREDENCIAL PARA
EL PAGO
La credencial para el pago
deberá ser sustituida con motivo de las variaciones producidas como
consecuencia de la recategorización
cuatrimestral o en los demás casos en que se produzcan modificaciones en los
datos que determinan el Código Unico de Revista
(CUR).
La obtención de la nueva
credencial para el pago (formulario F.
152, F.
153, según corresponda), debe efectuarse a través de la página
web de
la AFIP
www.afip.gov.ar, ingresando a la opción "Trámites
con Clave Fiscal/Monotributo/Modificación de
Datos".
Baja
Si por cese
de actividades, renuncia ó exclusión, un monotributista
necesita cancelar su inscripción (darse de baja),debe
solicitarla en la dependencia en la que se encuentra inscripto, presentando
el formulario 183/F ó F.183/J. Esos formularios podrán obtenerse en
cualquiera de las dependencias del organismo ó en la página “web”
(htp://www.afip.gov.ar).
Baja de oficio
Si
un monotributista deja de pagar el componente
impositivo y/o las cotizaciones previsionales
fijas por un período de diez meses consecutivos se le dará la baja
automática del Monotributo. Tener en cuenta que
para reingresar al régimen, se deberán abonar las sumas adeudadas.
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